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El Ayuntamiento de Alicante regula la utilización de los espacios de la Casa de la Festa “Manuel Ricarte”

La Concejalía de Fiestas que dirige el alcalde de Alicante, Gabriel Echávarri, ha elaborado un protocolo mediante el que se regulan las condiciones y el procedimiento de solicitud de uso de aquellos espacios de la Casa de la Festa “Manuel Ricarte” que se encuentran habilitados para congregar público.

Las dependencias municipales de la Casa de la Festa no podrán acoger conferencias sobre gestación subrogada, como la que pretendía celebrar la Junta Mayor de Hermandades y Cofradías. Semana Santa Alicante y que finalmente fue suspendida “por no tener relación alguna con la fiesta ni con la Semana Santa”.

La Casa de la Festa “Manuel Ricarte” es un bien municipal adquirido por el Ayuntamiento de Alicante, calificado como bien demanial, cuyo destino es acoger las dependencias de la Concejalía de Fiestas y, al mismo tiempo, servir como sede de las federaciones festeras y equipamiento polivalente para el resto de asociaciones y entidades festeras ubicadas en el término municipal de Alicante.

Las actividades a realizar deberán tener carácter gratuíto, no pudiendo percibir la entidad o asociación solicitante cantidad económica alguna de los asistentes a la actividad.

El protocolo garantiza que la utilización de los distintos espacios de la Casa de la Festa sea conforme con el destino a que se encuentra afectado el citado bien municipal y, a tal fin, exige que las actividades que se soliciten se encuentren directamente vinculadas a la fiesta por cuya razón de ser existan las entidades solicitantes, obligando asimismo al cumplimiento de la preceptiva normativa de seguridad en materia de prevención de riesgos y velando por el cuidado de las instalaciones y equipos cedidos.

La solicitud del uso de los espacios deberá efectuarse mediante el modelo de solicitud diseñado para tal fin, que deberá presentarse debidamente cumplimentado en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de los lugares previstos para ello.

En cuanto a los espacios cuyo uso podrá autorizarse se encuentran el Salón de Actos, la Sala de Juntas y, excepcionalmente, el vestíbulo del Museo de Fogueres, debiendo cumplir los solicitantes el requisito de ser una asociación o entidad festera inscrita en el Registro de Sedes Festeras, que gestiona la Concejalía de Fiestas, y tener su sede social en el término municipal de Alicante.

Asimismo podrán utilizar dichos espacios los servicios que integran el propio Ayuntamiento de Alicante y los organismos públicos dependientes del mismo, para fines directamente relacionados con el ejercicio de las competencias que la ley les atribuye.

Las actividades a realizar deberán tener carácter gratuíto, no pudiendo percibir la entidad o asociación solicitante cantidad económica alguna de los asistentes a la actividad.

La solicitud del uso de los espacios deberá efectuarse mediante el modelo de solicitud diseñado para tal fin, que deberá presentarse debidamente cumplimentado en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de los lugares previstos para ello.

Publicado por: 12tv

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